LA SUSPENSIÓN DEL DERECHO DE SEPARACIÓN DEL SOCIO.
En el régimen jurídico de las sociedades mercantiles se prevé el derecho de los socios a separarse de la sociedad cuando se dan una serie de supuestos legal o estatutariamente previstos, con independencia del número de acciones o participaciones de las que sean titulares. Ya en las derogadas Ley de Sociedades Anónimas y Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se vinculaba el ejercicio de este derecho de separación de los socios a una serie de supuestos tasados, que se basaban en alteraciones esenciales del contrato de sociedad primitivo que suscribieron los socios: así, la sustitución del objeto social, la prórroga de...
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