Las circunstancias extraordinarias no privan al pasajero del derecho de compensación en un gran retraso, cuando el operador aéreo no ha tomado “todas las medidas razonables” para evitar la agravación del retraso
Las circunstancias extraordinarias no privan al pasajero del derecho de compensación en un gran retraso, cuando el operador aéreo no ha tomado “todas las medidas razonables” para evitar la agravación del retraso De entre los diferentes medios de transporte existentes, ninguna duda cabe de que el avión se postula como el más rápido y cómodo cuando la ruta a escoger no tiene posibilidad de realizarse por vía terrestre o cuando, siendo posible, la distancia a recorrer desaconseja otro tipo de medios más lentos. No obstante, la propia dinámica de los aviones y aeropuertos en ocasiones puede tornarse impredecible, ocasionando retrasos y cancelaciones...
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