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LOS POSIBLES EFECTOS ADVERSOS DEL ESTADO DE ALARMA EN RELACIÓN CON LA RESERVA PARA INVERSIONES EN CANARIAS Y LA ZONA ESPECIAL CANARIA

El artículo 27.4 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen económico y fiscal de Canarias establece que las cantidades destinadas a la reserva para inversiones en Canarias (RIC) deberán materializarse en el plazo máximo de tres años, contados desde la fecha del devengo del impuesto correspondiente al ejercicio en que se ha dotado la misma, en la realización de alguna de las inversiones previstas en dicho apartado. Del mismo modo, el apartado 8 del artículo anteriormente citado establece que “Los elementos patrimoniales en que se haya materializado la reserva para inversiones (…) deberán permanecer en funcionamiento...

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LA (INDEBIDA) IDENTIFICACIÓN POR PARTE DE LA AEAT ENTRE BENEFICIO FISCAL Y PRESUNCIÓN DE FRAUDE.

Esta semana se ha publicado la noticia de que el jugador de fútbol Xabi Alonso había resultado absuelto de las acusaciones de delito fiscal realizadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado con ocasión de la querella interpuesta por la Agencia Tributaria (AEAT). Sin entrar a analizar los motivos concretos por los que la Audiencia Provincial de Madrid ha fallado de la manera indicada, queremos destacar uno de los argumentos expuestos en la mencionada sentencia y que, según el criterio de quien suscribe este artículo, supone un rayo de esperanza en la conflictiva relación entre la Administración Tributaria y los contribuyentes. En...

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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DE CANARIAS PARA EL 2020.

El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2020, los cuales introducen importantes cambios legislativos en cuanto a tributación autonómica se refiere. En este sentido, el Proyecto de Presupuestos prevé el incremento del tipo de general del IGIC en medio punto, de modo que el mismo volverá a establecerse en el 7%. Además, el tipo aplicado a las telecomunicaciones pasará del 3 al 7%, mientras que el de entregas de energía eléctrica pasará del 0 a 3%, salvo para consumo de los hogares, que mantendrá el tipo 0. Del...

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EL CONCEPTO DE HABITUALIDAD EN LA APLICACIÓN DE LA REDUCCIÓN POR RENDIMIENTOS IRREGULARES O GENERADOS EN MÁS DE DOS AÑOS

El artículo 32.1 de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) dispone lo siguiente: “Los rendimientos netos con un período de generación superior a dos años, así como aquellos que se califiquen reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, se reducirán en un 30%., cuando, en ambos casos, se imputen en un único período impositivo (…) No resultará de aplicación esta reducción a aquellos rendimientos que, aún cuando individualmente pudieran derivar de actuaciones desarrolladas a lo largo de un período que cumpliera los requisitos anteriormente indicados, procedan del ejercicio de una...

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LA TRIBUTACIÓN EN IRPF EN CASO DE SEPARACIÓN DEL SOCIO.

El artículo 37.1 b) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF), al regular la tributación de las transmisiones de participaciones sociales por parte de contribuyentes personas físicas, establece que “Salvo prueba de que el importe efectivamente satisfecho se corresponde con el que habrían convenido partes independientes en condiciones normales de mercado, el valor de transmisión no podrá ser inferior al mayor de los dos siguientes:   - El valor del patrimonio neto que corresponda a los valores transmitidos resultante del balance correspondiente al último ejercicio cerrado con anterioridad a la fecha...

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VALOR DE ADQUISICIÓN EN IRPF TRAS UNA COMPROBACIÓN DE VALORES

    El artículo 35 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) establece que, para el cálculo de las ganancias o pérdidas patrimoniales, el valor de adquisición estará formado por la suma de:   a) El importe real por el que dicha adquisición se hubiera efectuado. b) El coste de las inversiones y mejoras efectuadas en los bienes adquiridos y los gastos y tributos inherentes a la adquisición, excluidos los intereses, que hubieran sido satisfechos por el adquirente.   Si nos centramos en la primera letra del artículo mencionado, observamos que la Ley referencia el valor...

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De vueltas con la RIC y la prescripción

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    El Tribunal Supremo, en sentencia de 16 de marzo de 2015, estima el recurso de casación para la unificación de la doctrina interpuesto por la Administración General del Estado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 27 de diciembre de 2012.   Entiende el Tribunal Supremo que la RIC constituye un específico beneficio fiscal que se estructura temporalmente en distintas fases, en cada una de las cuales, el sujeto pasivo que aspira a acogerse al mismo ha de cumplir con ciertas cargas y condiciones. Tiene que dotar la reserva en un ejercicio, materializar dicha dotación en determinadas inversiones...

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La Reserva para Inversiones en Canarias y la Prescripción.

  La Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) se encuentra regulada en el artículo 27 de la Ley 19/1994, de Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, en cuyo apartado 16 podemos encontrar la siguiente obligación impuesta para el caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados anteriores: la disposición de la reserva para inversiones con anterioridad al plazo de mantenimiento de la inversión o para inversiones diferentes a las previstas, así como el incumplimiento de cualquier otro de los requisitos establecidos en este artículo, dará lugar a la integración en la base imponible del ejercicio en que...

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Plazo de materialización de la RIC en personas físicas. Cambio jurisprudencial

  El artículo 27.4 de la Ley 19/1994 establece que las cantidades destinadas a la reserva para inversiones en Canarias deberán materializarse en el plazo máximo de tres años, contados desde la fecha del devengo del impuesto correspondiente al ejercicio en que se ha dotado la misma (…).   En el caso de personas jurídicas, los Tribunales habían interpretado que este plazo tenía que empezar a computarse desde el ejercicio en que se aprobaran las cuentas anuales, con lo que, a efectos prácticos, el plazo para materializar la RIC se ampliaba hasta los 5 años: el año de obtención del beneficio, el de...

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Resolución del TEAC sobre Deducción en Vivienda y Nuda Propiedad

      El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), en reciente recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio, RG 990-2012, ha realizado una nueva interpretación respecto al derecho a deducción por inversión en vivienda habitual, dando la posibilidad, bajo determinados requisitos, de poder aplicar esta deducción incluso sin la necesidad de ostentar la plena propiedad de la vivienda en cuestión.   El Recurso Extraordinario de Alzada para la Unificación de Criterio fue interpuesto por el Director del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla León, reclamación económico administrativa 47/317/09, deducida frente a...

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