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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DE CANARIAS PARA EL 2020.

El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2020, los cuales introducen importantes cambios legislativos en cuanto a tributación autonómica se refiere.

En este sentido, el Proyecto de Presupuestos prevé el incremento del tipo de general del IGIC en medio punto, de modo que el mismo volverá a establecerse en el 7%. Además, el tipo aplicado a las telecomunicaciones pasará del 3 al 7%, mientras que el de entregas de energía eléctrica pasará del 0 a 3%, salvo para consumo de los hogares, que mantendrá el tipo 0. Del mismo modo, el tipo para Bienes de lujo pasará del 13,5% al 15%.

Por lo que respecta al IRPF, el proyecto prevé la creación de dos nuevos tramos en la tarifa autonómica: para rentas de entre 90.000 y 120.000 euros se aplicará un tipo marginal que pasa del 24% al 25%, y para rentas de más de 120.000 euros, el tipo pasará del 24% al 26%.

Otra modificación normativa afecta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, de modo que se eliminará la actual bonificación general y se sustituirá por bonificaciones progresivas en función del importe de la herencia.  De esta manera, quedan exentos los herederos que reciban menos de 300.000 euros, mientras que aquellos que reciban entre 300.000 y 350.000 euros, tendrán una bonificación del 90 por ciento de la cuota tributaria. Por cada incremento de 100.000 euros en la herencia, se aplicará un 10 por ciento menos de bonificación. Cuando la herencia supere los 1,1 millones de euros desaparece cualquier bonificación.

La eliminación de la bonificación por parentesco actualmente aplicable en Canarias supone un nuevo escenario en la planificación familiar y sucesoria, por cuanto que, si finalmente se aprueban las medidas recogidas en el proyecto de Presupuestos, muchas herencias que hasta el 2019 no tenían que abonar importe alguno en concepto de Impuesto sobre Sucesiones, podrán llegar a tributar en este concepto por importes significativos.

Ante este nuevo marco normativo, se hace necesario estudiar las circunstancias propias de cada contribuyente, por si fuera necesario realizar alguna operación antes de que la citada modificación entre en vigor.

Ignacio Rodríguez Domínguez

Socio – abogado de NÚÑEZ, GONZÁLEZ Y RODRÍGUEZ.

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