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NGR ABOGADOS > Derecho Fiscal

Importantes modificaciones respecto de la deducción por la ejecución de producciones extranjeras.

El 18 de noviembre se ha publicado el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria (RDL 34/2020), que entre otras medidas introduce importes modificaciones en la acreditación de la deducción por la ejecución de rodajes extranjeros en España contenida en el artículo 36.2 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS). Centrado el presente análisis en las modificaciones sobre este incentivo, el preámbulo de la norma justifica su promulgación en la adaptación de la redacción del artículo 36.2 de...

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LOS POSIBLES EFECTOS ADVERSOS DEL ESTADO DE ALARMA EN RELACIÓN CON LA RESERVA PARA INVERSIONES EN CANARIAS Y LA ZONA ESPECIAL CANARIA

El artículo 27.4 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen económico y fiscal de Canarias establece que las cantidades destinadas a la reserva para inversiones en Canarias (RIC) deberán materializarse en el plazo máximo de tres años, contados desde la fecha del devengo del impuesto correspondiente al ejercicio en que se ha dotado la misma, en la realización de alguna de las inversiones previstas en dicho apartado. Del mismo modo, el apartado 8 del artículo anteriormente citado establece que “Los elementos patrimoniales en que se haya materializado la reserva para inversiones (…) deberán permanecer en funcionamiento...

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LA (INDEBIDA) IDENTIFICACIÓN POR PARTE DE LA AEAT ENTRE BENEFICIO FISCAL Y PRESUNCIÓN DE FRAUDE.

Esta semana se ha publicado la noticia de que el jugador de fútbol Xabi Alonso había resultado absuelto de las acusaciones de delito fiscal realizadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado con ocasión de la querella interpuesta por la Agencia Tributaria (AEAT). Sin entrar a analizar los motivos concretos por los que la Audiencia Provincial de Madrid ha fallado de la manera indicada, queremos destacar uno de los argumentos expuestos en la mencionada sentencia y que, según el criterio de quien suscribe este artículo, supone un rayo de esperanza en la conflictiva relación entre la Administración Tributaria y los contribuyentes. En...

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OTRO CAMBIO DE CRITERIO EN EL AJD.

La misma semana que el Tribunal Supremo modificaba el criterio sobre el sujeto pasivo del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) en los supuestos de préstamos con garantía hipotecaria, el alto tribunal publicaba otra sentencia en la que también modificaba un criterio hasta ahora consolidado, esta vez en relación con la base imponible del AJD en los casos de extinción de condominio o división de la cosa común. El artículo 30 del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, que aprueba el Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (TRITPAJD) establece que En las primeras copias...

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EL PLAZO DE MATERIALIZACIÓN DE LA RIC EN PERSONAS FÍSICAS. NUEVO CAMBIO JURISPRUDENCIAL. EFECTOS RELATIVOS A LA PRESCRIPCIÓN.

Quien suscribe este artículo, tras la publicación de la sentencia del Tribunal Supremo de 3 de marzo de 2014, ya publicó un comentario acerca de las supuestas modificaciones que venía a introducir la citada sentencia en el cómputo del plazo máximo para materializar la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) en el caso de personas físicas, mostrando en aquel momento nuestro rechazo a la forma en que la Administración Tributaria había interpretado la referida sentencia. A este respecto, los órganos administrativos concluyeron que el Tribunal Supremo había sentado jurisprudencia acerca del plazo máximo en el que las personas físicas podían materializar...

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EL CONCEPTO DE HABITUALIDAD EN LA APLICACIÓN DE LA REDUCCIÓN POR RENDIMIENTOS IRREGULARES O GENERADOS EN MÁS DE DOS AÑOS

El artículo 32.1 de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) dispone lo siguiente: “Los rendimientos netos con un período de generación superior a dos años, así como aquellos que se califiquen reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, se reducirán en un 30%., cuando, en ambos casos, se imputen en un único período impositivo (…) No resultará de aplicación esta reducción a aquellos rendimientos que, aún cuando individualmente pudieran derivar de actuaciones desarrolladas a lo largo de un período que cumpliera los requisitos anteriormente indicados, procedan del ejercicio de una...

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