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SUSPENSIÓN DEL DEBER DE SOLICITAR CONCURSO DE ACREEDORES DURANTE EL ESTADO DE ALARMA COVID-19

Las medidas adoptadas por el Gobierno de España a raíz de la declaración del estado de alarma para la contención de la crisis sanitaria, económica y social provocada por el COVID-19, consistentes en la suspensión generalizada de gran parte de la actividad económica y el establecimiento de fuertes restricciones en materia de despido, unidas a la omisión de cualquier medida que permitiera a los empresarios suspender o aliviar los costes de producción, hacía presagiar una avalancha de solicitudes de concurso de acreedores durante el periodo de alarma, sobre todo por parte de las pymes, carentes en su mayoría de reservas...

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NUESTRO DERECHO CONCURSAL FRENTE A LA CRISIS ECONÓMICA DEL COVID-19

Aún en plena crisis sanitaria provocada por el COVID-19, ya está en boca de todos los grupos políticos, agentes sociales, expertos economistas y juristas y medios de comunicación la grave crisis económica post-covid-19 a la que nos enfrentamos, seguramente la mayor que hayamos conocido en la era contemporánea, y que amenaza con destruir y llevarse por delante gran parte del tejido empresarial de nuestro país, lo que, a su vez, se traducirá en una masiva destrucción de empleo sin precedentes. A diferencia de la anterior gran crisis de 2008, que podría definirse como una crisis de “burbuja” que afectó fundamentalmente a...

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LOS POSIBLES EFECTOS ADVERSOS DEL ESTADO DE ALARMA EN RELACIÓN CON LA RESERVA PARA INVERSIONES EN CANARIAS Y LA ZONA ESPECIAL CANARIA

El artículo 27.4 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen económico y fiscal de Canarias establece que las cantidades destinadas a la reserva para inversiones en Canarias (RIC) deberán materializarse en el plazo máximo de tres años, contados desde la fecha del devengo del impuesto correspondiente al ejercicio en que se ha dotado la misma, en la realización de alguna de las inversiones previstas en dicho apartado. Del mismo modo, el apartado 8 del artículo anteriormente citado establece que “Los elementos patrimoniales en que se haya materializado la reserva para inversiones (…) deberán permanecer en funcionamiento...

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LA (INDEBIDA) IDENTIFICACIÓN POR PARTE DE LA AEAT ENTRE BENEFICIO FISCAL Y PRESUNCIÓN DE FRAUDE.

Esta semana se ha publicado la noticia de que el jugador de fútbol Xabi Alonso había resultado absuelto de las acusaciones de delito fiscal realizadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado con ocasión de la querella interpuesta por la Agencia Tributaria (AEAT). Sin entrar a analizar los motivos concretos por los que la Audiencia Provincial de Madrid ha fallado de la manera indicada, queremos destacar uno de los argumentos expuestos en la mencionada sentencia y que, según el criterio de quien suscribe este artículo, supone un rayo de esperanza en la conflictiva relación entre la Administración Tributaria y los contribuyentes. En...

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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DE CANARIAS PARA EL 2020.

El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2020, los cuales introducen importantes cambios legislativos en cuanto a tributación autonómica se refiere. En este sentido, el Proyecto de Presupuestos prevé el incremento del tipo de general del IGIC en medio punto, de modo que el mismo volverá a establecerse en el 7%. Además, el tipo aplicado a las telecomunicaciones pasará del 3 al 7%, mientras que el de entregas de energía eléctrica pasará del 0 a 3%, salvo para consumo de los hogares, que mantendrá el tipo 0. Del...

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OTRO CAMBIO DE CRITERIO EN EL AJD.

La misma semana que el Tribunal Supremo modificaba el criterio sobre el sujeto pasivo del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) en los supuestos de préstamos con garantía hipotecaria, el alto tribunal publicaba otra sentencia en la que también modificaba un criterio hasta ahora consolidado, esta vez en relación con la base imponible del AJD en los casos de extinción de condominio o división de la cosa común. El artículo 30 del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, que aprueba el Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (TRITPAJD) establece que En las primeras copias...

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EL PLAZO DE MATERIALIZACIÓN DE LA RIC EN PERSONAS FÍSICAS. NUEVO CAMBIO JURISPRUDENCIAL. EFECTOS RELATIVOS A LA PRESCRIPCIÓN.

Quien suscribe este artículo, tras la publicación de la sentencia del Tribunal Supremo de 3 de marzo de 2014, ya publicó un comentario acerca de las supuestas modificaciones que venía a introducir la citada sentencia en el cómputo del plazo máximo para materializar la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) en el caso de personas físicas, mostrando en aquel momento nuestro rechazo a la forma en que la Administración Tributaria había interpretado la referida sentencia. A este respecto, los órganos administrativos concluyeron que el Tribunal Supremo había sentado jurisprudencia acerca del plazo máximo en el que las personas físicas podían materializar...

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EL CONCEPTO DE HABITUALIDAD EN LA APLICACIÓN DE LA REDUCCIÓN POR RENDIMIENTOS IRREGULARES O GENERADOS EN MÁS DE DOS AÑOS

El artículo 32.1 de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) dispone lo siguiente: “Los rendimientos netos con un período de generación superior a dos años, así como aquellos que se califiquen reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, se reducirán en un 30%., cuando, en ambos casos, se imputen en un único período impositivo (…) No resultará de aplicación esta reducción a aquellos rendimientos que, aún cuando individualmente pudieran derivar de actuaciones desarrolladas a lo largo de un período que cumpliera los requisitos anteriormente indicados, procedan del ejercicio de una...

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