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Reforma de la Ley de Sociedades de Capital. (IV)

  Continuando con las dudas que suscita el reformado artículo 204 LSC, por lo que se refiere a acuerdos sociales no impugnables, consideremos ahora el supuesto contemplado en el apartado 2 del precepto que trata del acuerdo que “haya sido dejado sin efecto o sustituido válidamente por otro”.   Hasta aquí la nueva redacción es idéntica a la del anterior art. 204. Pero mientras este último recogía en esa literalidad todo el supuesto de hecho al que se refería la exclusión de la impugnación del acuerdo como consecuencia jurídica única, el artículo 204 reformado añade un matiz de considerable importancia tanto en relación...

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Reforma de la Ley de Sociedades de Capital. (III)

  En relación con el nuevo régimen de impugnación de acuerdos de la junta general establecido por la reforma de la LSC producida por la ley 31/2014, de 3 de diciembre, y según se anunció en el comentario anterior (Reforma de la Ley de Sociedades de Capital II), consideración especial merece el tratamiento que recibe el supuesto en que el acuerdo se haya adoptado sin la información solicitada por el socio en uso de su derecho de información. En este punto, según el art.204.3.b) LSC reformada, procede la impugnación por “incorrección o insuficiencia” de la información suministrada por la sociedad siempre...

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Reforma de la Ley de Sociedades de Capital. (II)

  Establecidas en anterior capítulo (véase Reforma de la Ley de Sociedades de Capital I) las líneas generales del nuevo régimen de impugnación de acuerdos de la junta general, procede detenerse en alguno de sus puntos, dejando todavía algún otro para sucesivo comentario.   El poder de impugnación de acuerdos sociales sirve de manera inmediata al legítimo interés de los socios. Pero también sirve al interés de terceros ya sean administradores de la sociedad o incluso ajenos a ella pero que se ven afectados por el acuerdo o podrían verse por los actos de su ejecución No debe olvidarse sin embargo que también...

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LA SUSPENSIÓN DEL DERECHO DE SEPARACIÓN DEL SOCIO.

  En el régimen jurídico de las sociedades mercantiles se prevé el derecho de los socios a separarse de la sociedad cuando se dan una serie de supuestos legal o estatutariamente previstos, con independencia del número de acciones o participaciones de las que sean titulares.   Ya en las derogadas Ley de Sociedades Anónimas y Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se  vinculaba el ejercicio de este derecho de separación de los socios a una serie de supuestos tasados, que se basaban en alteraciones esenciales del contrato de sociedad primitivo que suscribieron los socios: así, la sustitución del objeto social, la prórroga de...

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Retribuciones de los socios-administradores

A lo largo del ejercicio 2013 han aparecido numerosos artículos acerca de las distintas posibilidades de calificación jurídica de las retribuciones de los socios y/o administradores de sociedades, así de cómo han de tributar las mismas en el Impuesto sobre Sociedades y en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Toda la polémica acerca de las distintas calificaciones jurídicas posibles surgió a raíz de la Nota 1/2012 del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria, en donde se desarrollaba la forma de tributación de las mencionadas retribuciones en función de casos concretos. PRESUPUESTOS PREVIOS A la hora de calificar los...

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Sistema de administración de la sociedad

1. La administración social de una sociedad de responsabilidad limitada puede confiarse alternativamente:  a) A un administrador único.  b) A varios administradores mancomunados (se requerirá la actuación conjunta de al menos dos de ellos para toda actuación).  c) A varios administradores solidarios, de modo que cada uno de ellos podrá actuar de modo individual y representar por sí sólo a la Sociedad. En este caso, la Junta General podrá atribuir distintas funciones a cada uno de los administradores solidarios, pero esa distinción de funciones y facultades tendrá efectos meramente internos en el seno de la Sociedad, pues frente a terceros cada uno de ellos representa por...

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